El día 10 de junio de 2009, en el Palacio de la Moneda, la Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de ley sobre Colegios Profesionales. En la ocasión fueron invitados representantes de todos los Colegios Profesionales del país.
El proyecto de ley enviado al Congreso se hace cargo del compromiso establecido el año 2005, en el que se reformó la Constitución para consagrar por ley la tuición ética de sus afiliados a los Colegios Profesionales.
El proyecto consta de cinco títulos, los que se dividen en párrafos. además se establecen normas transitorias. En primer lugar, en el Título I, el proyecto regula el ejercicio del derecho a agruparse en Colegios Profesionales que la Constitución Política de la República garantiza a quienes detentan la calidad de profesionales y el régimen de tuición ética al que se someten los profesionales colegiados.
Además, crea los tribunales especiales que conocerán de las infracciones a la ética cometidas por profesionales no colegiados.
En el Título II, se crea el registro público de profesionales a cargo del servicio de registro civil e identificación, en el cual estarán inscritas todas las personas que detenten una profesión para cuyo ejercicio se requiere el título de licenciado.
En el Título III, se definen los Colegios Profesionales y se establecen las normas que regirán la afiliación a los mismos, su constitución, estructura, organización y las funciones y atribuciones de éstos.
En el Título IV, se reconocen los deberes de ética profesional, se establecen códigos de ética profesional y se prevén sanciones en caso de incumplimiento de tales deberes.
En el Título V, se establece que las infracciones a la ética profesional cometidas por profesionales colegiados serán conocidas en primera instancia por el tribunal de ética del respectivo Colegio Profesional. Las cometidas por profesionales no colegiados, serán conocidas en primera instancia por el tribunal especial de ética profesional competente.
Una de las modificaciones más relevantes es aquella que devuelve a los Colegios Profesionales su personalidad jurídica de derecho público, la que en el pasado había sido eliminada, para constituirse únicamente en asociaciones gremiales.